La ley en Uruguay no es nueva es de el año 2000 Lo que no se puede traer desde el exterior Son mas o menos asi
Armas largas de anima rayada Calibre no mayor a 6.35 mm de diámetro no especifica largo de vaina y velocidad del proyectil
Arma larga anima lisa sin restricción conocida
Arma Larga con acción automática prohibida
Arma corta con acción semi automática diámetro del proyectil hasta 9 mm y velocidad en boca menor a 1200 pies por segundo
Arma corta no especifica diámetro del proyectil pero si que la velocidad en boca sea menor a 1200 pies por segundo
No es textual y es de memoria pero va por ahí
Ademas agrego que las armas que vienen de Brasil se cargan con un 300 % de impuesto para así evitar el retorno de las mismas a Brasil para el mercado negro esto es una ley de Brasil