Bercimuelle
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AYUNTAMIENTO B
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bercimuelle
14-07-2017 09:12

así es que los particulares deberían llevárselo a su casa........o al punto limpio

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bercimuelle
14-07-2017 09:11

esto no crea que sea basura convencional

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bercimuelle
14-07-2017 09:10

Esto es lo hay. Hoy NO han descargado éstos contenedores....

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bercimuelle
14-07-2017 08:29

Siguen las desavenencias en la forma de terminar el contrato del Bar. No se entiende que esto sea así... Pero caben dos opciones. Aceptar lo diga la arrendataria o lo del ayuntamiento. Hemos ofrecido una postura entiendo no gravosa para ella, pero... no se quiere entender... Lo último que se pide por las tablas es la foto que se acompaña. Y uno piensa es justo pagar todo esto ??, sinceramente creo que no...
Y el dinero es de todos no mío. Por eso no debe aceptarse ........
Es bastante fácil de entender.

1º.- El ayuntamiento considera que el contrato termina el día 15 de marzo y hasta esa fecha tendría que pagarse renta. Y todos los gastos. Eso supondría pagar aproximadamente 450 euros.

2º.- La postura del arrendatario es que avisando un mes antes .... se acabaría el contrato el 5 de agosto y por tanto pagar incluso agosto.

3º.- Postura que se propone. Terminar el contrato ya, el día 16 de julio. Entrega de llaves y liquidación. Por las tablas y calentador y una vez revisado el inventario... cerrar cuentas en el pago de tres meses (en realidad dos) descontar el coste de 100 + 100 de tablas y calentador, ver contadores para su futura liquidación y dejar expedito el local en las condiciones que se encontró).

4º.- Resolverlo en el Juzgado si hay una discrepancia importante. Que creo que no la hay.

5º.- No puede considerarse el coste estimado en una nota que no es factura. El ayuntamiento no puede pagar notas anónimas... y precio no de mercado.

Se puede resolver como usted quiera. En la fórmula 1, 2, 3 ó 4.

UN SALUDO.

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BERCIMUELLE
13-07-2017 14:17

Aviso de RECOGIDA DE BASURAS.

Esta mañana he hablado con el PRESIDENTE DE LA MANCOMUNIDAD de la Basura.

Los CONTENEDORES DE BERCIMUELLE, no se han recogido esta semana ni la pasada por el hecho de que se tiran cosas, que no se puede. Esas \"cosas\" que no se puede tienen un recargo al vaciar el Camión en el Centro de Tratamiento.... y hay que evitarlo.

Se ha explicado multitud de veces, que hay varios contenedores, papel, plástico, cristal (hay uno de cada uno en la c/ Mayor) y el contenedor general que tenemos 12. Bien a los tres anteriores en cada uno se puede depositar lo que corresponde a ellos.

En los 12 últimos, bolsas de basura, que no incluya hierros, maderas, muebles, garrafas, cajas, botellas que corresponden a los otros contenedores etc....

Todo contenedor que tenga cosas que no correspondan NO SE RECOGE.... y como podéis comprobar el descuido o abuso de unos lo pagamos todos....

RECICLEMOS.....

Muebles, cristales, resto de obras, y otros artilugios varios al centro de tratamiento de Guijuelo, ... o que lo deje cada uno en su casa.

Es lo que hay sino queremos aprender, pues aguantaremos el olor.......... Todos seremos un poco responsables...........

Pero a las personas mayores, no se les puede tratar como niños...... y tenemos esa opción o pagar las multas.........es lo que hay....

........El burro cayendo y el arriero perdiendo ellos se van entendiendo..........

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una vecina
10-07-2017 12:42

CIRILO : Me parece que la propuesta es razonable,veraz y honesta , se ha ido a buscar una solucion a un tema que si no se llegara a un acuerdo y se enquistara,ni es bueno para MICAELA, porque tiene que seguir viviendo en el pueblo, ni bueno para el ayuntamiento, ni para los futuros arrendatarios, enhorabuena porque creo que esta oferta , mejor NO SE PUEDE HACER

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bercimuelle
10-07-2017 08:00

Esta solución se ha tomado, si hay acuerdo con la propuesta u otra que haga la otra parte, se hará y sino pues que fije criterio alguien exterior.....

Dª. MICAELA .....
BERCIMUELLE (Salamanca)


En relación con el contrato de arrendamiento de fecha 7/03/2015, referido al local de la planta baja del edificio del Ayuntamiento de Bercimuelle, he de manifestarle lo siguiente:


PRIMERO.- Se hace el contrato con vocación de continuidad, al menos eso manifestó usted en ese momento, después se dan circunstancias diversas por las que es legítimo que se cambie de opinión y de situación. Solicita usted extinguir el contrato el día 13 de junio. Se hicieron todos los trámites para ello, bajas de agua, basura, etc. Posteriormente nos comunica el día 23 de junio que no puede extinguir el contrato por cuestiones personales. Como tal se respeta y se vuelve a la situación administrativa anterior.


SEGUNDO.- Vuelve usted nuevamente a comunicar con fecha 4 y 5 de julio que se extinguirá el contrato el próximo mes. No tenemos garantía que la extinción vaya en firme, pero si lo fuera hemos de concretar la forma de hacerlo causando los menos perjuicios posibles a usted y al ayuntamiento.


TERCERO.- Como sabe había un compromiso verbal de hacer algunas actuaciones en el local para adecentarlo. En ello el ayuntamiento arregló un cuarto de baño y pintó todo el local. Para éste cometido se destinaron más de 1.700 euros. Usted puso unas tablas a lo largo del mismo, un termo pequeño de agua, una estufa y un cobertizo móvil en la calle. Lógicamente los bienes materiales que están adheridos a la pared no es recomendable quitarlos porque queda las marcas de la pintura y los agujeros. Los que son móviles lógicamente se pueden eliminar.



CUARTO.- En relación la extinción del contrato y a la liquidación de la fianza, deberíamos hacerlo de forma equitativa sin graves perjuicios para ninguna de las partes.


Desde el ayuntamiento entendemos que el contrato en virtud de lo establecido en la cláusula SEGUNDA:


“ El contrato tiene una duración de un año a contar desde el 15 de marzo de 2015, prorrogable por otros más, según lo establecido en el Pliego de Condiciones que ha de regir el arrendamiento del bien y podrá prorrogarse por igual periodo, salvo que alguna de las partes comunique a la otra, al menos con un mes de antelación a la fecha de la conclusión del contrato, su voluntad de no renovarlo.”.

salvo mejor criterio, que el contrato se renueva por años, y solamente se puede extinguir comunicándolo un mes antes de la conclusión de una anualidad para no renovar..

Lo entendemos en base a la norma reguladora de Arrendamiento Urbanos, Ley 29/1994, de 24 de noviembre que dice:

Artículo 3. Arrendamiento para uso distinto del de vivienda.


1. Se considera arrendamiento para uso distinto del de vivienda aquel arrendamiento que, recayendo sobre una edificación, tenga como destino primordial uno distinto del establecido en el artículo anterior. (que sería este local)

2. En especial, tendrán esta consideración los arrendamientos de fincas urbanas celebrados por temporada, sea ésta de verano o cualquier otra, y los celebrados para ejercerse en la finca una actividad industrial, comercial, artesanal, profesional, recreativa, asistencial, cultural o docente, cualquiera que sean las personas que los celebren.


Si esto fuera así, tendría que pagar la renta hasta el día 7 de marzo de 2018. Este ayuntamiento se da por enterado de su voluntad de no renovar. Esto supone (Agosto a febrero), 7 meses de renta, son 350 euros, tasas de Agua y Basura, y luz.


QUINTO.- No es nuestra voluntad entablar un pleito para que nos interpreten la cláusula y nos digan qué parte tiene razón. Pretendemos hacerlo de forma amistosa si se puede. Y para ello proponemos lo siguiente:


El ayuntamiento tendría que devolver la FIANZA de 1.000 euros que usted dejó depositada. A ello habría que descontar las siguientes cantidades:



-Pago de 3 meses de renta (Agosto, Septiembre y Octubre), 150 euros..



-Coste de las tablas puestas (especie de baldas individuales fijadas con escuadras, 100 euros salvo que se demuestre que costaron más dinero. (factura).



-Coste del Termo, que dado las características no vale más de 100 euros salvo que se demuestre que costó más (factura).



-Coste de tasas del semestre entrante, que ya no pueden darse de Baja hasta el siguiente semestre, lo que resulte y lo pase RETGSA directamente a usted.



-Deuda que mantiene usted con el ayuntamiento referido a una Licencia de Obras, que salvo error ronda los 600 euros.





SEXTO.- Con éstas condiciones y una vez revisado el inventario, se extinguiría el contrato el día 16 de julio próximo. Se harían lectura de los contadores de agua y luz para que el consumo futuro no fuera cargado a usted.



Habría que quitar la estufa con la chimenea de la calle incluida y el cobertizo de la calle, dejando todos los agujeros debidamente tapados.





Bercimuelle a 9 de julio de 2017





ALCALDE PEDANEO

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bercimuelle
09-07-2017 12:48

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SALAMANCA
SECCIÓN CARRETERAS Y VIAS PUBLICAS
C/ Felipe Espino, s/n
37001-SALAMANCA

Sr. Presidente:


Recientemente y gracias a una subvención de esa Diputación, dentro del “Plan Sequía”, hemos podido realizar el cambio de tubería de impulsión de agua, desde el rio Tormes a la población de Bercimuelle en un tramo de 3.700 metros aproximadamente. Y por ello les damos las gracias.

Nos quedan para llegar al depósito con esa tubería una distancia aproximada de 600 metros, cuyo coste estaríamos dispuestos a afrontarlo la Entidad Local Menor con parte de nuestro pequeño presupuesto. En la obra de éstos 600 metros necesitamos cruzar la carretera para cambiar tubería nueva por vieja, ya que el depósito como saben está en la parte superior del pueblo. Para ello habría que hacer un corte de 20 cm en el ancho de la carretera y cambiar la tubería de subida al depósito y bajada al pueblo. Me refiero a carretera, o camino rural que comunica Bercimuelle con Puente del Congosto, junto o dentro del casco urbano. No sé si se requiere autorización especial o bien hacer la obra y punto, con los debidos cuidados y señalización necesaria para el posible tráfico que se produzca en ese espacio de tiempo. No más de tres horas.

No obstante en el tema del agua para la población ésta y todas las colindantes no estaría mal que se actuara de una vez en coordinación con la Junta para que éstos pueblos pudieran servirse del agua de la Mancomunidad “aguas del Tormes”, (Galinduste, Armenteros, etc), ya que sería un agua segura al tomar de la cabecera del pantano y demás calidad y no estar pendientes si corre el rio Tormes o no. Y no deja de ser tercermundista el sistema de una población que no tiene agua potable en el siglo XXI, tanto en calidad como en cantidad.

En otro orden de cosas, comunicar que la misma carretera, en su entrada sentido Puente del Congosto-Bercimuelle, dentro del casco urbano de Bercimuelle se produce poca circulación de vehículos por día pero a unas velocidades que no es normal dentro del casco urbano, entonces se requería alguna fórmula a realizar, bien señalización vertical o bien horizontal con badenes con el objeto de tener que reducir la velocidad, que parecería razonable que fuera a 30 Km/hora. Deberíamos de hacerlo antes de tener que lamentarnos de algún accidente, atropellos, etc.

Por último en lo relativo a los caminos rurales de concentración parcelaria, se ha producido ésta semana varias tormentas que los han dejado algunos en situación complicada para la circulación. Sería necesario pasarles la motoniveladora al objeto de limpiar cunetas y recebar con tierra los mimos. Por ello si las máquinas que esa Institución tiene para estos fines, si viniera por la zona sería necesario nos reservaran cuatro o cinco días para tal fin.

En espera de una solución a los tres problemas planteados reciba un cordial saludo.


Bercimuelle a 10 de julio de 2017

Alcalde Pedáneo


Cirilo Hernández Alonso

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jose luis
08-07-2017 08:36

Haber si poco a poco, con respeto y buena voluntad se van soluccionando el tema, somos pocos y por el bien del pueblo hay que mantener las buenas formas y la convivencia entre vecinos..que tal las lluvias estos dias, cayeron algo de agua , como van las obras del depósito..ayer salio en el telediario la plaza mayor de salamanca que caian cascadas de agua desde el tejado de la plaza..que bien hubiera venido esa lluvia en abril...un saludo a todos, y paz y buena armonia

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un paisano
07-07-2017 10:13

Vamos a ver...Si fuese que el ayuntamiento quisiera suspender el contrato con la arrendataria del bar ANTES DEL TIEMPO EN VIGOR DE 1 AÑO. habria que leerse la letra pequeña , en donde no habria cumplido dicho contrato, porque si lo hubiera cumplido, HABRIA QUE INDEMNIZARLA, POR NO HABERLO CUMPLIDO EL AYUNTAMIENTO..pero este no es el caso a tratar, a ella el contrato , la letra pequeña y el periodo hasta acabar el año, le tiene sin cuidado, LO DEJA Y PUNTO..AHORA A VER EN QUE CONDICIONES LO DEJA : por lo que a la entrega de llaves, lo tiene que dejar como se lo dieron, y esa indemnizacion por DAÑOS Y PERJUICIOS al pueblo por no cumplir el contrato,lo tendria que pagar ella ( cosa en teoria, porque que pague esta por ver ) tiene que tener un seguro de responsabilidad de contenido y continente, que deberia cubrir lo que ha destrozado...mientras tuvo el bar, si los vecinos no se quejaban del servicio, ella iba a su aire..eso es lo que hay

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